El 1 de octubre de 2026 entra en vigor en España un nuevo Reglamento General de Circulación que afecta de lleno a quien va en bici. No lo cambia todo, pero toca tres cosas que se notan al alquilar una bicicleta aquí: el casco, la forma en que los coches te adelantan y tu sitio en la calzada. Esto es lo que dice el texto, sin interpretaciones.
El casco, la novedad de verdad
El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, reescribe el artículo 118 del reglamento. Para bicicletas y ciclos en general, el casco homologado o certificado, correctamente abrochado, es obligatorio para la persona que conduce y para los ocupantes en vías interurbanas. Sigue siendo obligatorio en todo tipo de vías para los menores de dieciséis años.
Lo que cambia de verdad: el nuevo texto ya no contempla excepciones a esa obligación fuera de poblado. En vía urbana, una persona adulta no tiene obligación general de casco, salvo que circule en el ejercicio de su actividad profesional, caso en el que el casco pasa a ser obligatorio en vías urbanas y travesías.
Dicho de forma práctica para unas vacaciones aquí: en cuanto sales del pueblo, casco puesto.
Qué tienen que hacer los coches que te adelantan
El artículo 85 también se reescribe, y este va a tu favor. Quien adelanta a un ciclista debe:
- ocupar parte o la totalidad del carril contiguo y dejar al menos 1,5 metros de separación;
- cambiar completamente de carril si la calzada tiene más de un carril por sentido;
- fuera de poblado, reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, antes de la maniobra y durante toda ella.
Y un detalle útil si vais varios: un grupo de ciclistas se considera una única unidad móvil. Un coche tiene que adelantar al grupo entero de una vez, sin meterse entre las bicis.
Tu sitio en la calzada
El nuevo artículo 153 reúne las normas básicas de la bicicleta. Si no hay carril bici, la bici circula por la calzada. Si lo hay, su uso es preferente, y la autoridad competente puede hacerlo obligatorio mediante la señal R-407a.
Sobre todo, el ciclista circula preferentemente por el centro del carril, en la medida en que su seguridad y la de los demás lo permitan. En vías con al menos dos carriles por sentido circula por el derecho, y puede usar los otros para cambiar de dirección o por razones de seguridad. Los vehículos a motor deben dejar al menos cinco metros con el ciclista que les precede en el mismo carril.
El reflejo de pegarse al borde ya no es el bueno. Ocupar el centro del carril es lo que pide el texto, y es lo que hace visible a un ciclista.
Aceras y paseos marítimos
Este es el punto más útil en esta costa, donde los paseos están por todas partes. Los ciclistas no pueden circular por las aceras, salvo los menores de doce años cuando el ayuntamiento lo permita. El texto sí autoriza la bici en el resto de las zonas peatonales, con las limitaciones que fije el ayuntamiento y respetando siempre la prioridad y la seguridad de los peatones.
Traducido a la práctica: en un paseo con gente se va al paso y se baja de la bici en cuanto hay aglomeración. Es lo que recomendamos desde siempre en el litoral de Orihuela Costa.
Rodar al caer el día
Otra novedad: entre el anochecer y el amanecer, o con visibilidad sensiblemente reducida, quien circule en bici por vía interurbana debe llevar al menos un elemento luminoso o reflectante conforme a la normativa de los equipos de protección individual, visible a 150 metros como mínimo.
Y para tu alquiler
Nada de esto complica una salida. Cada alquiler incluye la bicicleta, un casco y un candado, con recogida en Torrevieja (Playa de los Locos) o en Orihuela Costa (Cabo Roig). Una bicicleta eléctrica como las nuestras es una bicicleta a efectos del reglamento: estas normas se aplican tal cual, sin permiso ni trámite.
Si prefieres no pensar en el tráfico, dos de nuestras rutas se hacen sin coches: la Vía Verde de Torrevieja, sobre una antigua vía de tren, y la costa de Cabo Roig a Campoamor, donde se alternan paseo y calles tranquilas. Para elegir montura, mira bici urbana o bici eléctrica, nuestras bicicletas de ciudad y nuestras bicicletas eléctricas, o pásate por las preguntas frecuentes.
Las dos fuentes de este artículo: la nota de prensa de la DGT del 23 de junio de 2026 y el texto del Real Decreto 518/2026 en el BOE.



